La Ley de ingresos 2020 de los municipios…
Marco Vinicio Jaime
Este jueves, según se anunció previamente, la XXXII Legislatura Local, a través de la Comisión de Hacienda, Cuenta Pública y Presupuesto, consumó el tercer día de encuentro con alcaldes de la Entidad, a fin de “coadyuvar” a definir la Ley de Ingresos para su respectivo ejercicio fiscal del próximo 2020.
Es de esperarse, si la meta logra cabal comunión con lo establecido en la Constitución General de la República, y la particular del Estado -en lo que refiere a la correcta y estratégica aprobación de las leyes en comento-, que la tributación del siguiente año vaya en armonía con las necesidades administrativas de los municipios -las que se finquen a su vez en un transparente y honesto manejo- como de una razonable e igualitaria corresponsabilidad ciudadana.
De conformidad, lo anterior será base asimismo para la confección de un buen Presupuesto de Egresos: directamente proporcional a la recaudación, que es en sí el adecuado equilibrio que mandata la ley, la cual dice textualmente en el artículo 115, fracción IV, de la Carta Magna, lo siguiente: “Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor, y en todo caso”: inciso c, párrafo 4º: “Las legislaturas de los Estados aprobarán las leyes de ingresos de los municipios, revisarán y fiscalizarán sus cuentas públicas. Los presupuestos de egresos serán aprobados por los ayuntamientos con base en sus ingresos disponibles, y deberán incluir en los mismos, los tabuladores desglosados de las remuneraciones que perciban los servidores públicos municipales, sujetándose a lo dispuesto en el artículo 127 de esta Constitución”.
Por ello, cuán importante es que este encuentro entre alcaldes y diputados, haya sido verdaderamente productivo en función de garantizar en primer lugar legalidad y justicia, y en lo consecuente tal blindaje ante las consabidas dificultades financieras del exterior, que evite “sorpresas” indeseables para la gente, que es el actor más importante y siempre el más afectado, como pudieran ser impuestos excesivos o de plano modificaciones de último momento al gasto (derivado de “concertacesiones” o pactos subterfugios) que sigan redundando en los nocivos impactos en la prestación de servicios elementales (agua potable, aseo público, rehabilitación de vialidades, entre las que destacan), al igual que los lamentables obstáculos para cubrir siquiera con compromisos institucionales y las demandas salariales básicas de la plantilla laboral, en contraparte, justo es reconocer, con el dispendio -a veces con criterio eminentemente sectario y electorero- y la intocable seguridad económica del primer círculo del gobierno municipal: Alcalde, Síndico, regidores, funcionarios, amigos e incondicionales, tanto criticado por no pocas voces, por ejemplo, en el ejercicio del actual Ayuntamiento Capitalino, de Santiago Ixcuintla y Bahía de Banderas.
No por nada, el artículo 38 de la Constitución Política del Estado, refiere en términos generales que “la aprobación y ejecución de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos […], deberán contribuir al equilibrio presupuestario e incluirán estimaciones económicas que impliquen una planeación de mediano plazo”; es decir, para el caso de las administraciones municipales, el artículo 115, inciso C, párrafo 3º, explica: “Los presupuestos de egresos municipales serán aprobados por los Ayuntamientos atendiendo a sus ingresos disponibles, a las orientaciones, lineamientos y políticas establecidas en sus planes de desarrollo y en el Plan Estatal de Desarrollo, así como a los resultados de las evaluaciones al desempeño”.
Por tanto, es tiempo de avanzar a una transformación de fondo en la operatividad de los ayuntamientos, con irrestricta vocación municipalista, oficio político y en lo subsecuente alta estima por la adopción de genuinas políticas de comunicación, que no monólogos, mezquindades ni más bisutería burocrática, que en cambio es lo que ha acelerado el hundimiento de los gobiernos municipales ante la más que evidente incapacidad de comunicarse siquiera a intramuros, generando la terrible ausencia de transversalidad; ya no se diga para atender, entender y decodificar las elementales y sentidas necesidades ciudadanas. Es momento de romper la herencia funesta del nulo oficio político que simula, impone y retrasa el desarrollo tras de colocar pesadas cargas en el depauperado pueblo, a contrapelo de la bonanza de su clase (a)política y gobernante, que para estos últimos curiosamente nunca hay crisis, recortes, austeridad, ni republicana, de centro, de derecha o de izquierda.
Los diputados pues, tuvieron una singular oportunidad de consolidar de común acuerdo con los presidentes municipales, el inicio de una nueva etapa en el municipalismo nayarita tras el impulso de leyes de ingresos verdaderamente acorde a los retos contemporáneos y los que vendrán. ¿Habrá podido entonces la XXXII Legislatura estar a la altura de las circunstancias y garantizar el bienestar de los nayaritas con un alto sentido de responsabilidad y beneficio recíprocos vía el mejor marco legal tributario posible? Ya lo veremos.
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